La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) busca incorporar nuevos criterios para negar o cancelar el registro para poder prestar servicios especializados, así como establecer reglas claras para la vigilancia de las empresas subcontratistas y sus clientes.
La STPS prepara modificaciones señala Luisa María Alcalde Luján, titular de la STPS, en el proyecto.
Entre los cambios se incluye la posibilidad de que la STPS solicite a las empresas que contraten los servicios especializados información complementaria durante el trámite del registro de una compañía prestadora de servicios.
La modificación contempla un nuevo capítulo para regular la vigilancia del REPSE, incluyendo las inspecciones, así como nuevos criterios para negar la inscripción al padrón o cancelarla, la autoridad añadiría dos nuevos supuestos:
- Por advertirse incumplimientos a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación.
- Por identificarse incumplimiento a las condiciones de trabajo establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
- Se detecte que los datos o documentos aportados durante el desahogo de las visitas de inspección resulten diferentes o imprecisos con respecto a los ingresados en la plataforma.
- Proporcionen información falsa o documentos apócrifos durante las visitas que sean realizadas, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar.
- Se advierta de incumplimientos a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación.
- Se identifique algún tipo incumplimiento a las condiciones de trabajo establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
- Que la información proporcionada coincida con las condiciones reales del centro de trabajo.
- Que las actividades que se prestan como servicios especializados o de ejecución de obras especializadas no formen parte del objeto social y/o de la actividad económica preponderante de la beneficiaria.
- Que cuenten con los contratos para la prestación de servicios u obras especializadas.
- Que en el centro de trabajo se dé cumplimiento a las condiciones de trabajo determinadas en la Ley Federal del Trabajo.
- Que los trabajadores que se encuentren ejecutando los servicios u obras especializados en el centro de trabajo de la beneficiaria no realicen actividades que formen parte del objeto social y/o la actividad económica preponderante de esta.
- Que los trabajadores de la contratista se encuentren debidamente identificados.
- Que cuenten con contratos de prestación de actividades especializadas.
- Que cuentan con la información normativa requerida de cada uno de sus proveedores.
- Monitoreo tableros de control con semaforización del cumplimiento de requisitos
- Control de habilitar o bloquear proveedores por sus hábitos de cumplimiento
- Integración al sistema ENKONTROL: Activación de candados de cumplimiento ligado a la recepción de facturas y pagos
- Base de Datos centralizada con altos estándares de Seguridad
- Repositorio Digital con flujos de autorización
- Alarmas y Notificaciones para actualización de información
- A su vez los Proveedores Especializados contaran con los siguientes beneficios:
- Alertas y notificaciones del vencimiento de documentos
- Tablero de Control de requisitos cumplidos y por cumplir
- Repositorio Digital de archivos
- Ambiente colaborativo con sus diferentes clientes
- Una sola plataforma para todos sus clientes (EK)