La subcontratación, conocido también como outsourcing, consiste en delegar a otras empresas determinado proceso o función, la ejecución de una serie de servicios u obras especializadas.
Antes los abusos en esta práctica se establecen prohibiciones que buscan impedir el menoscabo de las finanzas públicas y de los derechos de los trabajadores.
Tras la prohibición la Secretaría del Trabajo y Previsión Social establece el
Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializada (REPSE) como parte de la normativa en materia de Subcontratación Laboral.
Objetivo principal
Se permite exclusivamente la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas −de contratistas inscritos en el REPSE los cuales deben ser distintos del objeto social y de la actividad económica predominante del beneficiario de estos.
Obligaciones del contratante
Formalizar en un contrato por escrito la subcontratación de servicios especializados. Debe contener como mínimo los datos siguientes:
- El objeto de los servicios a proporcionar o las obras a ejecutar
- El número de trabajadores que participarán en el desarrollo de las actividades
- El número de registro del prestador de servicios especializados otorgado por la STPS.
Ser
responsable solidario ante el incumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social del contratista, en relación con los empleados que prestan los servicios.
Verificar que el contratista esté registrado en el REPSE para aplicar la deducción del impuesto sobre la renta (ISR) y el acreditamiento del impuesto al valor agregado (IVA) de las facturas pagadas.
Obligaciones del contratista
- Inscribirse en el REPSE
- Estar al corriente en sus obligaciones laborales y de seguridad social.
- Entregar la información de los contratos de subcontratación de servicios especializados (ICSOE)
- Entregar la información de Subcontratación (SISUB)
Proporcionar al contratante
- Los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura Electrónica (CFDI) de los colaboradores
- Los recibos de pago expedidos por institución bancaria, por la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a esos trabajadores
- El pago de las cuotas obrero-patronales al IMSS
- El pago de las aportaciones al Infonavit.
Consecuencias por incumplimiento
El quebrantamiento de las obligaciones anteriores por parte del contratista y el contratante originará la imposición de sanciones de las autoridades fiscales, laborales y de seguridad social, cuyo monto máximo podría ser de
$4’811,000.00.
Al respecto, la Secretaría prevé en su
Programa de Inspección Laboral 2022 realizar inspecciones a las beneficiarias de sus servicios (contratantes).
La secretaria tiene identificados a los posibles infractores ya que son 109,000 las empresas registradas para contratar trabajadores especializados de las cuales el 27.4% no pudo obtenerlo, con simplemente revisar la información de las facturas emitidas por esas empresas los contratantes podrán verse perjudicados.
Las que lograron obtener el REPSE serán inspeccionados en el 2022 se realizaron 11,000 inspecciones y ante cualquier incumplimiento les será retirado su registro REPSE, lo cual significa que no podrán trabajar.
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